Ayudas y Subvenciones por la DANA | Valencia
¿QUIÉNES SOMOS?
Somos una iniciativa solidaria creada por cuatro trabajadoras sociales (Elsa, Irene, Lorena, y Sergi), una abogada (Carolina) y dos Community Managers (Arantxa y Pepa). Nuestra misión es construir un puente entre afectad@s por la #dana y una red de gestorías y asesorías. Éstas os ayudarán de forma gratuita con los trámites burocráticos, subvenciones y ayudas.

Este documento no es oficial. Se ha creado con espíritu informativo y puede estar sujeto a actualizaciones. Fecha de actualización: 11/12/2024
Autoría: Equipo ©Coordinación Ayudas Dana
Ayudas y Subvenciones por la DANA | Valencia
Bienvenid@s a esta presentación sobre las medidas de apoyo tras la DANA en Valencia. Exploraremos las ayudas disponibles y cómo acceder a ellas. Proporcionaremos también una serie de enlaces e información práctica, agrupada en un solo documento.
Índice de la Presentación

1

Recomendaciones iniciales

2

Ayudas y Subvenciones

3

Otros trámites relevantes

4

Recursos y teléfonos de interés
1 | Recomendaciones
  1. Haz fotos de todos los bienes dañados y súbelas al portal del Colegio de Notarios ya que te generarán un acta notarial gratuita. Haz click aquí
  1. Haz un inventario de todos tus bienes dañados. Pónselo fácil al perito y utiliza este Excel que ha compartido de forma gratuita Aída Casanova. El documento aquí.
  1. Recopila todos los documentos posibles (facturas, presupuestos, contratos, facturas y justificantes) de pago de cualquier gasto relacionado con los daños. Si no los tienes, intenta buscarlos en internet y haz pantallazo con el precio.
2 | Ayudas disponibles
IMPORTANTE: Todas las ayudas son compatibles

1

GENERALITAT VALENCIANA
(click para info oficial de la Generalitat Valenciana)
  1. Ayudas urgentes 6.000 euros para bienes de primera necesidad (¡PLAZO AMPLIADO: 2 enero 2025!)
  1. Ayudas al alquiler vivienda (Plazo: 30 junio 2025)
  1. Ayudas a empresas (mantenimiento del empleo y la reactivación económica) (Plazo: 31 diciembre 2024)
  1. Ayudas para autónomos (Plazo: 16 diciembre 2024)

2

ESTADO
(click para info oficial de La Moncloa)
  1. Ayudas para daños materiales en vivienda y enseres (Plazo: 6 enero 2025)
  1. Ayudas para daños en elementos comunes de los edificios (Plazo: 6 enero 2025)
  1. Pymes y Autónomos (Plazo: 31 diciembre 2024)
  1. (a) Enseñanzas no-universitarias (Plazo: 16 diciembre 2024) y (b) Estudiantes universitario (Plazo: 30 diciembre 2024)
  1. Otras acciones

3

CONSORCIO DE SEGUROS
(click para info oficial del Consorcio)
Reclamación de los daños por vehículos, vivienda, comercios 

4

OTRAS INICIATIVAS
  1. Alcem-Se (Ayuda finalizada)
2 | Calendario de ayudas
16 DICIEMBRE 2024
ESTATAL → Enseñanzas no-universitarias
GENERALITAT →Ayudas para autónomos 3.OOO euros
30 DICIEMBRE 2024
ESTATAL → Estudiantes universitario 600 euros
31 DICIEMBRE 2024
ESTATAL
Pymes
→ Autónomos 5.000 euros
GENERALITAT → Ayudas a empresas (mantenimiento del empleo y la reactivación económica)
2 ENERO 2025
GENERALITAT→ Ayudas urgentes 6.000 euros para bienes de primera necesidad
6 ENERO 2025
ESTATAL
→Ayudas para daños materiales en vivienda y enseres
→Ayudas para daños en elementos comunes de los edificios
 30 JUNIO 2025
GENERALITAT → Ayudas al alquiler vivienda
SIN PLAZO
CONSORCIO → Reclamación de los daños por vehículos, vivienda, comercios
2.1 | Ayudas GENERALITAT (I)

Ayuda directa para bienes de primera necesidad
(Ayudas directas por los daños ocasionados en su vivienda. Ayuda de 6.000 euros por vivienda. No incluye empresas, locales comerciales, garajes, trasteros ni vehículos)
  • Plazo 2 DE ENERO DE 2025
  • La solicitud se puede tramitar por un tercero rellenando el siguiente formulario (o mediante certificado de representación o similar

IMPORTANTE (ayuda directa)
  • Esta subvención está exenta de tributar en el IRPF
  • Las ayudas se resolverán por orden de entrada hasta que se acaben fondos
  • Órgano encargado: Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias ([email protected]
  • Los plazos de subsanación serán de 10 días
2.1 | Ayudas GENERALITAT (II)

Ayudas al alquiler
(Se subvencionan las mensualidades de renta, el importe de la fianza y en su caso, la garantía, si se exigiera)
  • Plazo 30 de junio 2025
  • Hasta 800 euros /mes
  • Hasta 12 mensualidades
2.1 | Ayudas GENERALITAT (III)

Ayudas a Empresas y Autónomos (mantenimiento del empleo y la reactivación económica) (¡novedad!)
(Ayuda directa para EMPRESAS de municipios afectados que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica)
  • Plazo 31 de diciembre de 2024
  • Trámite telemático exclusivo: aquí
  • Información oficial y Decretos reguladores aquí
  • Se conceden por riguroso orden de entrada de solicitudes.

Requisitos:
  • Autónomo, persona jurídica o agrupaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes u otro tipo de unidad sin personalidad jurídica con actividad económica.
  • Haber estado de alta a fecha de 28 de octubre 2024 y seguir activo en su censo correspondiente hasta el 30 de junio de 2025
  • Que los daños materiales estén en naves, locales, establecimientos o espacios en municipios afectados por la Dana

Tipos de ayudas:
Programa I: INDANA
  1. Empresas del Grupo de actividades C (Industria Manufacturera)
  1. Máximo de 30.000 euros por empresa beneficiaria
Programa II: CODANA
  1. Empresas comerciales, turísticas, de servicios y otros tipo de actividad
  1. Máximo de 15.000 euros por empresa beneficiaria
2.1 | Ayudas GENERALITAT (IV)

Ayudas a Autónomos (¡novedad!)
(Renta complementaria de subsistencia, para contribuir a reanudar la actividad económica y mantener el empleo de las personas trabajadoras autónomas)
  • Plazo 16 de diciembre de 2024 (15h00)
  • Trámite telemático exclusivo: aquí
  • Información oficial aquí
  • Decretos reguladores aquí

Requisitos:
  • Que el 29 de octubre de 2024 figuraban de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social o mutualidad.
  • Que el 29 de octubre de 2024 figuraban de alta en el IAE.
  • Que su lugar de trabajo el 29 de octubre de 2024 se ubicaba en alguna de las zonas afectadas
  • Que el 29 de octubre de 2024 no tenían contratada a ninguna persona trabajadora por cuenta ajena.
  • No haber recibido ayudas de minimis que, sumada a la solicitada en este programa, excedan los límites establecidos en reglamento.
2.2 | AYUDAS ESTADO (I)

Ayudas para daños personales y daños materiales en vivienda y enseres
(Cobertura de daños en enseres se extenderá a todo tipo de bienes en la vivienda, incluyendo aquellos necesarios para el normal desarrollo de la vida y aspectos tales como el trabajo a distancia)
  • Plazo 6 de enero de 2025
  • Tramitación presencial → formulario aquí a presentar en Correos o en cualquier registro de las Administraciones Estatales. Solicitud de cita previa aquí
  • Tramitación telemática → en el siguiente enlace(elegid “Destrucción total de la vivienda / Daños estructurales / Daños no estructurales / Enseres de primera necesidad”)
  • Tramitación alternativa facilitada por el Ministerio de Interior, en este enlace
2.2 | AYUDAS ESTADO (II)

Ayudas para daños en elementos comunes de los edificios
(Ayudas para Comunidades de propietarios)
  • Plazo 6 de enero de 2025
  • Tramitación telemática → A través del siguiente enlace ( “Comunidades de propietarios”)
  • Tramitación presencial: formulario (Anexo I) a presentar en Correos o en cualquier registro de las Administraciones Estatales. Solicitud cita previa aquí
  • Tramitación alternativa facilitada por el Ministerio de Interior, en este enlace
2.2 | AYUDAS ESTADO (III)

Autónomos y personas jurídicas
  • Plazo: 31 de diciembre de 2024
  • El importe para las empresas dependerá del volumen de operaciones en 2023
  • Para los autónomos o profesionales individuales: 5.000 euros
  • Para las empresas: entre 10.000 y 150.000 euros (según volumen de negocios)
  • Las ayudas directas se abonarán por transferencia bancaria a partir del 1 de diciembre y no deben devolverse.
  • 91 757 58 00
2.2 | AYUDAS ESTADO (IV)

(a) Ayuda a estudiantes no universitarios para libros y material escolar (¡novedad!)
  • Plazo: 16 de diciembre de 2024
  • Cuantía: 600 euros
  • Información completa del Ministerio de Educación aquí
Requisitos
  • Cursar enseñanzas infantil, primaria, secundaria obligatoria, Bachillerato, FP, de idiomas, deportivas, personas adultas
  • Cursar enseñanzas: artísticas superior, artística profesional (regulada en Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores)
  • Residir en municipio afectado por la Dana (en su defecto, que su material escolar estuviera en un centro educativo de los municipios afectados)
2.2 | AYUDAS ESTADO (IV)

(b) Subvención a estudiantes universitarios para libros y material escolar (¡novedad!)
  • Plazo: 30 de diciembre de 2024
  • Cuantía: 600 euros / estudiante universitario
  • Enlace e información sobre el trámite aquí
Requisitos
  • Cursar estudios universitarios
  • Ser beneficiarios de la ayuda estatal para daños personales y daños materiales en vivienda y enseres, y haberla solicitado (en su defecto, que hayan perdido el material de estudio)
2.2 | AYUDAS ESTADO (V - otras)

GENERALES
  • No habrá IBI del ejercicio 2024
  • La reducción el IAE del ejercicio 2024
  • Se eliminan las tasas de tramitación de baja de vehículos dañados o sustituir los carnets de conducir y los DNI
  • Las ayudas por daños personales quedan exentas de tributación en el IRPF
  • Se aplaza el segundo pago del IRPF hasta 2025
  • Deducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada. .

BANCARIAS
  • Hipotecas y Préstamos: suspensión total de capital e intereses durante 3 meses. Adicionalmente, suspensión de intereses por 9 meses adicionales.
  • Avales: Se crea una línea de avales DANA por valor de 5.000 millones de euros para empresas y autónomos. Este martes se ha aprobado el primer tramo, por 1.000 millones de euros
  • Plazo para solicitar moratoria: 6 de febrero 2025
2.3 | AYUDAS CONSORCIO

INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS MATERIALES (viviendas, comunidad propietarios, vehículos, negocios)
  • No hay plazo
  • Datos de la póliza (entidad y número de póliza)
  • Datos de quien presenta: email, teléfono móvil, dirección postal)
  • IBAN
  • Fecha del siniestro
  • Para vehículos a motor: marca, modelo y matrícula
  • Dirección completa del lugar del siniestro (calle, ciudad, CP).

INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A PERSONAS (defunción, invalidez permanente (parcial, total o absoluta) o incapacidad temporal)
  • No hay plazo
  • Datos del asegurado afectado (nombre y apellidos / razón social; NIF / CIF; dirección y teléfonos de contacto).
  • Si el asegurado está lesionado, datos IBAN para el pago de la indemnización
  • Entidad aseguradora con la que se suscribió el seguro y número de póliza
  • Pólizas de seguro de vida
  • Pólizas de seguro de accidentes individuales o colectivas
  • Pólizas con cobertura de accidentes ("multirriesgo" o póliza de seguro del automóvil, etc.)

  • Para saber si una persona fallecida era titular de un seguro de vida: pulsa aquí
  • Consorcio Atención telefónica: 900 222 665 (de 09:00h a 18:00h de lunes a viernes)
  • Para presentar la solicitud ante el Consorcio, pulsa aquí
2.4 | OTRAS AYUDAS

ALCEM-SE (FINALIZADO)
3| OTROS TRÁMITES RELEVANTES
Actas notariales gratis de los daños: aquí
Referencia catastral: aquí
Certificado digital por video identificación: aquí
También aquí
Duplicado del carnet de conducir: aquí
Duplicado DNI
Da de baja tu vehículo: aquí
Localiza tu vehículo: aquí
Peritajes gratuitos (Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valencia): aquí
Notas Simples gratis (Registro de la Propiedad): [email protected]
4 | OTROS RECURSOS DE INTERÉS (I)
Asistencia jurídica gratuita (ICAV, Colegio de Abogados de Valencia):
  • Presencial: 660685136 y 676518205
  • Telefónica: 628400300
Más info oficial: aquí
Recuperación de datos informáticos
Consejos si se ha mojado tu ordenador: aquí
Herramientas para saber qué ayudas te corresponden:
Oficinas para facilitar el trámite de las ayudas: aquí
Oficinas post-emergencia en zonas afectadas para tramitar ayudas Generalitat: aquí
4 | OTROS RECURSOS DE INTERÉS (I)
4 | OTROS RECURSOS DE INTERÉS (II)
Teléfonos ESTATALES para atender dudas relacionadas con la DANA
  • Ayudas directas a hogares y atención a la ciudadanía [DNI, DGT]. Ministerio del Interior: 060
  • Ayudas directas a empresas y profesionales, y beneficios fiscales. Agencia Tributaria: 91 757 58 00
  • Compensación de seguros: 900 222 665
  • Ayudas a agricultores y ganaderos. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: 900 925 782
  • Prestaciones sociales. Instituto Nacional de la Seguridad Social: 91 542 11 76
  • Cotizaciones sociales. Tesorería: General de la Seguridad Social: 91 541 02 91
  • Ingreso Mínimo Vital: 020
Teléfonos GENERALITAT para atender dudas relacionadas con la DANA
  • Información sobre situación de trámite: 960990392 | Horario: de 8:30h a 17:30h (L-V)
Comunicación Whatsapp
  • Utiel: 659 289 726
  • L'Horta Sud: 682 177 249
  • Ribera: 619 975 059
  • Foia: 690 027 099
  • Castelló: 679 161 664
OFICINAS COORDINACIÓN POST-EMERGENCIA

Horarios: De 8,30h a 17,30h de lunes a viernes
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